ToKe InKa - Libro de reclamaciones - LEY N°29571

Identificación del consumidor reclamante

(1)Reclamación: desacuerdo relacionado con productos y / o servicios.
(2)Queja: desacuerdo no relacionado con productos y / o servicios; o, malestar o insatisfacción con la atención al público.

*La formulación del reclamo no excluye el recurso a otros medios de resolución de controversias ni es un requisito previo para presentar una denuncia ante el Indecopi.
*El proveedor debe responder a la reclamación en un plazo no superior a quince (15) días naturales, pudiendo ampliar el plazo hasta quince días.
*Con la firma de este documento, el cliente autoriza a ser contactado después de la tramitación de la reclamación para evaluar la calidad y satisfacción del proceso de atención de reclamaciones.

Toke Inka - RUC 10425085471

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